En cumplimiento de lo dispuesto por el RGPD, se pueden almacenar datos en otros países siempre y cuando se encuentren dentro de la Unión Europea. Esto se debe a que todos los países miembros se encuentran sujetos a la misma regulación.
Con respecto al almacenamiento de datos en países fuera de la Unión Europea, se podrán almacenar datos siempre que:
- resulte de aplicación el Privacy Framework con Estados Unidos
- se formalice un contrato con Cláusulas Contractuales Tipo de la UE